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Innovanza Asesores

Todo lo que debes saber sobre el contrato de formación y aprendizaje

Por Carlos J. Cuadrado (Abogado y Socio-fundador de Innovanza Asesores)

El contrato de formación ha sufrido en los últimos 10 años numerosas modificaciones, muchas de ellas sin demasiado éxito. En la actualidad podemos afirmar que las ventajas son numerosas, y ofrecen una buena solución para un crecimiento de plantilla programada y rentable.

CONCEPTO BÁSICO.

Se trata de un contrato laboral con bonificación dirigido a facilitar el acceso de los más jóvenes a su primer empleo y a la formación profesional de trabajadores que no dispongan de un título que les habilite para trabajar en condiciones favorables.

Este contrato está regulado por el Real Decreto-Ley 6/2016 de 23 de diciembre.

CONDICIONES GENERALES E INCENTIVOS PARA LA EMPRESA.

  1. Una reducción de la cuota empresarial del 100% para aquellas empresas de menos de 250 trabajadores.
  2. Reducción en la cuota de empresa del 75% para empresas de más de 250 trabajadores.
  3. Obtención de títulos de formación profesional y de certificados de profesionalidad.
  4. Deberá disponer el trabajador de acceso a Internet y herramientas básicas para realizar la formación telemática.
  5. Se pueden recibir incentivos en la financiación para la formación en un número de horas que equivalen al 25% en el primer año y del 15% en los siguientes dos años. Siempre como bonificaciones sobre las cuotas empresariales de los seguros sociales. Precisamente porque la actividad sujeta a retribución salarial será del 75% en el primer año y del 85% en los siguientes.
  6. Son contratos con retribución salarial y formación presencial u online.
  7. No se exige el mantenimiento del empleo ni existe límite de contratos.
  8. Además para el caso de trabajadores que estén inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, existe una bonificación respetando los mismos porcentajes que la reducción de la cuota empresarial.
  9. Se bonificarán también los costes dedicados a la tutorización de la empresa con un máximo de 1,5 € por alumno y hora y 40 horas por alumno y mes, subiendo a 2 € por alumno y hora en empresas de menos de 5 trabajadores.
  10. Cuando el contrato de formación se transforme en otro de carácter indefinido al finalizar su duración, tendrá una bonificación especial durante 3 años de 1.800 € para mujeres y de 1.500 € para hombres.
  11. La empresa no debe tener deudas con la Hacienda Pública ni con la Seguridad Social ni sanciones. Si en el transcurso de la duración del contrato dejara de abonar las cuotas sociales, se suspenderá la bonificación y deberá devolver lo ingresado indebidamente hasta esa fecha.

 

BENEFICIOS Y REQUISITOS PARA EL TRABAJADOR EN FORMACIÓN.

  • Edad entre los 16 y 25 años. Y hasta cumplir los 30 años mientas la tasa de desempleo este por encima del 15%.
  • Deberá estar inscrito en el SEPE.
  • Sin cualificación para realizar un contrato en prácticas.
  • Para los trabajadores que tengan alguna discapacidad y los colectivos de exclusión social en las empresas de inserción, y para los alumnos de las escuelas taller o casas de oficios – talleres de empleo y programas de empleo – formación no existen límites de edad.
  • La duración se establece en un mínimo de 1 año y un máximo de 3. Si existe convenio colectivo en el sector se podrá establecer un mínimo de 6 meses y a jornada completa.
  • El periodo de prueba será de 2 meses, salvo que el convenio colectivo del sector establezca otro plazo.
  • El salario no podrá nunca ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional. Para el año 2018 es de 735,90 €.
  • Se reducirá la cuota de la seguridad social del trabajador al 100%.
  • Dispondrá el trabajador de una protección por desempleo y accederá al FOGASA.
  • Podrá obtener una cualificación profesional adecuada a la formación realizada.

 

No resulta razonable que, con semejantes ventajas, no hayan accedido a este contrato una importante cifra de jóvenes, cuando el desempleo juvenil en España está en cifras intolerables del 35%. No se puede exigir experiencia si no se les ofrece la oportunidad de formarse en oficios o profesiones de gran valor añadido para las empresas.

 

En INNOVANZA ASESORES contamos con una experiencia en ASESORÍA LABORAL de más de 37 años, por lo que disponemos de la orientación que las Pymes solicitan para el acceso a este u otros tipos de contratos que se adecuen a las necesidades de sus plantillas.

Innovanza Asesores

1Comentario
  • Bestcustomessay
    Publicado a las 03:24h, 20 abril Responder

    Yo hasta el mes pasado manteniendo 25mil de saldo promedio mensual me vienen bonificando el 100%, si cambió a 30mil ahora no estoy al tanto ni tampoco me llegó ninguna comunicación, así que creería se mantiene como siempre: saldo entre 20mil y 25mil bonificación del 50%, superando los 25mil bonificaciónd el 100%. Saludos

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