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Las ventajas del Contrato de Formación

Por Lorena Silva (Responsable Laboral de Grandes Cuentas Grupo Biblioteca de Cursos Especializados)

Esta modalidad contractual, cuyo objeto es la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de la actividad laboral retribuida en una empresa, y la actividad formativa recibida gracias al sistema de formación profesional para el empleo, es el instrumento idóneo para que las empresas puedan formar a los trabajadores en el puesto de trabajo dónde adquieren experiencia.

En la actualidad, este tipo de contratos se presentan como una respuesta a las necesidades específicas de las empresas, ya que además de ser el único contrato con reducción completa de las cuotas de la seguridad social tanto de la empresa como del trabajador, permiten que las empresas puedan confeccionar a medida la formación que necesitan los trabajadores en su puesto de trabajo a coste 0.

REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES en CONTRATO DE FORMACIÓN

  • Que no tengan cualificación para un contrato en prácticas ( se refiere a que no posea la misma titulación del puesto de trabajo a desempeñar)
  • Edad entre 16 y 25 años (menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%). Sin límite de edad para personas con discapacidad, colectivos de exclusión social en empresas de inserción y alumnos de Escuelas-Taller, Casas de Oficio Talleres de Empleo y Programas de Empleo-Formación.
  • Requisitos Formales: que tenga la edad indicada, que no tenga la titulación relacionada con el puesto a desempeñar y que cumpla los requisitos para tener derecho a la Reducción del 100% de seguros sociales.
  • Requisitos Académicos. Tendrá que acreditar la cualificación que posee para poder ser ubicado en una ocupación acorde a su nivel formativo.
  • Otros requisitos. Además es necesario que el trabajador tenga acceso a internet y cuente con las habilidades tecnológicas básicas para realizar la formación.

 

Duración: Mínimo 1 año – máximo 3 años (Mínimo 6 meses si el Convenio Colectivo lo permite).

Salario: No inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

VENTAJAS E INCENTIVOS

  • Reduccion del 100% de seguros sociales. Si cumple los siguientes requisitos el coste de seguros sociales será de 0 euros cuota empresa y 0 euros cuota trabajador. En caso de que no los cumpla se deberá abonar la cuota fija y reducida de 106,86 euros (año 2017)
  • El trabajador debe estar inscrito en la oficina de empleo como demandante de empleo antes de formalizarse el contrato.
  • Existen unas limitaciones a la hora de poder aplicar estas reducciones, que vienen recogidas en el artículo 6 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre. No se tendrá derecho a las reducciones de las cuotas a la Seguridad Social cuando las contrataciones se realicen:
  1. A familiares de hasta 2º grado del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos administrativos de una sociedad.
  2. A trabajadores que en los 24 meses anteriores hayan trabajado en la misma empresa con contrato INDEFINIDO.
  3. A trabajadores que en los 6 meses anteriores hayan trabajado en la misma empresa con contrato temporal, de formación, de duración determinada o de relevo.
  4. A trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en otra empresa en un plazo de 3 meses previos a la nueva contratación.

No se aplicará cuando sea por despido reconocido o declarado improcedente.  Las empresas que hayan extinguido contratos bonificados quedarán excluidas por un período de 12 meses, afectando a un número de contratos igual al de las extinciones.

  • Bonificaciones de la formación teórica. Le permite al trabajador obtener un Certificado de Profesionalidad a coste 0.
  • Bonificaciones de tutorías realizadas en la empresa
  • Incentivos a la transformación en contrato indefinido. Si se desea transformar el contrato de formación en indefinido (llegado el tiempo convenido), obtendrá una reducción de 1800 euros al año durante 3 años  en la cuota empresarial en el caso de ser mujer; y 1500 euros al año durante 3 años en la cuota empresarial en el caso de ser hombre.

COMO GESTIONARLO 

Siendo ésta una modalidad que elegían muchas empresas para nuevas contrataciones, lo cierto es que muchos desconocen la línea de gestión desde que en el año 2016 se extinguió la modalidad a distancia y se promovió la modalidad teleformación.

Este cambio suponía una ruptura que daba la bienvenida a un contrato con más rigor, que permitía realizar la formación a través de un dispositivo electrónico y no a través de un manual y una comunicación más interactiva con los tutores,  mejorando por ende seguimiento y evaluación de la actividad. Además de que la titulación no fuese un título propio sino  un Certificado de Profesionalidad, cuyas bases están legisladas en el marco europeo.

Las características del mismo son:

  • El contrato no se puede formalizar mientras no haya sido autorizado el inicio de la actividad formativa por parte del SEPE. Digamos que en lugar de que se cause el alta en TGSS y a posteriori se organice la formación, el procedimiento se invierte, siendo necesario que primero la autoridad laboral dé conformidad a que se pueda formalizar (que empresa, alumno y centro cumplen los requisitos de esta planificación formativa), y a posteriori, se pueda causar el alta.
  • ¿Qué tareas va a desempeñar el trabajador en el puesto de trabajo? ¿Qué ocupación es la más idónea? Aunque el catálogo de Certificados de Profesionalidad es muy extenso, es cierto que las ocupaciones del ámbito artesanal se han extinguido al no poder homologarse en formato virtual (ej. Albañil, mecánico,..), pero todas las demás Administración, Comercio, RRHH tienen su correspondencia en un Certificado.
  • ¿En qué provincia está el Centro de Trabajo? la formación online se complementa con una serie de tutorías presenciales -unas 3-4 durante toda la vigencia del contrato- que han de desenvolverse en un centro acreditado dentro de la provincia dónde se ubique el centro de trabajo.

 

El procedimiento de gestión es muy simple, siendo únicamente necesario que se rellene un Formulario que le permitirá a nuestro Centro de Formación tener al alcance todos los datos para solicitar esta autorización.

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