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El chequeo previo en los servicios laborales

Por Carlos Cuadrado (Abogado-Gerente de Innovanza Asesores)

Siguiendo el hilo conductor de nuestros anteriores artículos sobre la forma más eficaz de desarrollar nuestros servicios, en esta ocasión vamos a exponer los pasos a seguir desde que un cliente contrata los servicios laborales. Porque la contabilidad es fundamental, la fiscalidad una obligación legal, pero todo lo relacionado con el mundo laboral requiere una especial atención, entre otras cosas porque las personas viven de su trabajo, y este es sagrado.

Chequeo previo

Este es común tanto para autónomos como para personas jurídicas.

  • Comprobación el sector al que pertenece la actividad de la empresa. Es fundamental enclavar de forma correcta el ámbito en el que nos corresponde jugar nuestra partida laboral. Para ello debemos estudiar el convenio que debemos aplicar. No deben existir dudas pues el perjuicio para empresa y trabajadores sería enorme si no elegimos bien.
  • Estudio detallado de las características del convenio. De esta forma adaptaremos las categorías de forma correcta al servicio que cada empleado realice. Así tendrán su tabla salarial adecuada. Es importante que la empresa tenga en su poder una copia del convenio del sector concreto y del Estatuto de los Trabajadores. Debemos facilitar estas copias.
  • Comprobación de las altas en el régimen de la seguridad social. El grupo de cotización debe coincidir con la categoría profesional que figura en las nóminas. Ya no es obligatorio el libro de matrícula, y el de visitas sí lo es, pero no es preciso legalizarlo. Y para todos los empleados, tengan jornada completa o parcial, es obligatorio el control horario con un cuadro al efecto que deben firmar los mismos. Se trata con esta novedosa norma de controlar las horas extras.
  • Estudio de las nóminas al detalle. Es el documento más importante de cuantos se confeccionan. En él figuran los conceptos salariales de toda índole derivados de las tablas del convenio, así como los pagos en especie, horas extras, etc. Figuran los descuentos relativos a la cotización a la seguridad social y al IRPF. Podemos observar las bases de cotización, el bruto y el neto de la misma.
  • Revisión de contratos de trabajo. Podemos constatar si figuran los pactos respecto a lugar de realización del trabajo, horario, salario, categoría, servicio a prestar, duración y condiciones generales. Normalmente son modelos para cada tipo de contrato y se deben presentar de forma telemática en el INEM en los siguientes 10 días a la firma de los mismos, fecha que ha de coincidir con la del alta en la seguridad social. Podemos añadir en un anexo cuantas cláusulas se precisen para concretar aspectos o bien ampliar los pactos, como por ejemplo el de confidencialidad o de exclusividad.
  • Socios trabajadores, administradores y gerentes. Para lograr un encuadramiento correcto en el régimen se la seguridad social que corresponda es preciso un estudio sobre la participación en el accionariado de la empresa y los poderes que ostentan. Existen tres posibilidades: régimen general para socios trabajadores sin control efectivo y sin poderes; régimen general asimilado sin desempleo ni FOGASA para administradores o gerentes sin control efectivo; RETA para los administradores, gerentes o socios con control efectivo. Este concepto de control efectivo lo explicaremos en otro artículo.
  • Póliza de mutua laboral de accidentes. Es obligatorio contratar los servicios de accidentes de trabajo y enfermedad profesional con una mutua. Lo habitual es hacerlo con aquella que nos merezca confianza y esté cercana al centro de trabajo. Esta cotización se hace a través de los seguros sociales. Es importante conocer que las mutuas se encargan además de la vigilancia de las bajas laborales de toda índole y de la tramitación del desempleo de los autónomos.
  • Vigilancia de la contratación de los seguros privados sobre accidente, invalidez y vida. Distintos convenios regulan la obligación de suscribir una póliza privada para las coberturas referidas y con distintas cantidades. De no hacerlo, la responsabilidad recaerá sobre el empleador.
  • Estudio sobre la obligación de realizar elecciones sindicales. En el Estatuto del Trabador y otras leyes se regulan derechos sindicales y obligaciones de las empresas. Es básico informar al trabajador de estos derechos y poner los medios necesarios para el cumplimiento de estas obligaciones. Es importante ofrecer información sobre horarios, calendario laboral, vacaciones, libranzas, turnos, documentos de seguros sociales, pólizas de mutua, póliza de seguro de accidentes, contrato de prevención de riesgos laborales.
  • Explicación de los aspectos regulados en la LPRL. Esta ley 31/1995, de 8 de noviembre, regula todos los aspectos relativos a la seguridad en el trabajo. Después de 21 años de vigencia está muy implantada y funciona de forma bastante eficaz. Es obligado disponer de una póliza de servicios de prevención ajenos siempre que haya trabajadores, y conviene que realicen cuanto antes un curso de prevención obligatorio. La vigilancia de la salud es una parte fundamental de esta Ley y muy recomendable el seguimiento de su cumplimiento en general de todos los aspectos que regula. La inspección de Trabajo es muy rigurosa en la exigencia de todos los protocolos.
  • Comprobación de la situación de pagos de seguridad social y retenciones del IRPF. El cumplimiento en sus fechas de estas dos obligaciones es crucial para no ser sancionado. Los pagos de seguros sociales en los TC1 se realiza de forma telemática y domiciliación bancaria al mes siguiente. Sin embargo los pagos de los boletines del RETA (autónomos) se realiza por domiciliación bancaria en el mes corriente. Los pagos de las retenciones del IRPF en las nóminas se abonan de forma trimestral también de forma telemática y son inaplazables.

 

Un buen chequeo nos garantiza un buen diagnóstico y por ello la aplicación de una buena terapia si esta fuera necesaria. La tranquilidad en los aspectos laborales tiene un valor indiscutible. Contacta con nosotros si quieres disponer de un informe previo, pues es fundamental para una buena organización del trabajo.

Innovanza Asesores

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