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Cómo declarar un siniestro

Por Cristina Cuadrado (Asesora de Seguros)

Cuando tenemos un siniestro, a veces nos quedamos bloqueados y nos surgen multitud de dudas: ¿qué hacer?, ¿entrará en la póliza? ¿A quién llamar? ¿Qué datos me pedirán? Para contestar a algunas de estas preguntas es muy importante que al contratar la póliza leamos atentamente las coberturas y condiciones de la misma.

Hay que destacar la importancia de los mediadores de seguros en este ámbito, pues son las personas que prestan asistencia al asegurado en caso de siniestro, dando un valor añadido a su gestión. Agilizan el proceso de tramitación y mantienen al asegurado informado en todo momento, pudiendo consultar el expediente cuando este lo requiera.

¿Qué hacer ante un siniestro?

Lo primero que debemos hacer es mantener la calma y tener la póliza a mano para facilitar los datos a la compañía o al mediador.

Vamos a explicar el proceso de declaración de siniestro de los principales ramos de seguros.

Seguros de hogar.

Los daños más comunes son los causados por agua (goteras, humedades, rotura de cañerías), daños eléctricos y robo. Cuando aparezca el daño debes llamar cuanto antes a la compañía, o al mediador si lo hay. También hay aseguradoras que permiten comunicar el siniestro a través de su web; si no es algo muy urgente se puede tramitar de esta forma.

Te será requerido el número de póliza, así como los datos personales del tomador. Después explicaremos con el mayor detalle posible lo que ha pasado, qué daños hay y si es urgente que vaya un profesional, por ejemplo en caso de robo si tiene que ir un cerrajero. También indicaremos la fecha y hora del siniestro, y si hay terceros perjudicados (si los hay nos pedirán sus datos personales).

El comercial o técnico que te haya atendido consultara tu póliza, y si finalmente el daño esta amparado en tu póliza, un perito se acercará a tu vivienda para valorar los daños, que serán arreglados en los siguientes días.

Este procedimiento valdría para cualquier tipo de seguro multirriesgo.

Seguros de coche.

Lo más común es que el siniestro sea causado por una colisión entre dos vehículos, para lo cual existe un documento llamado DAA (Declaración Amistosa de Accidente), conocido popularmente como Parte Amistoso.

En este documento se reflejan todos los datos necesarios para comunicar el siniestro a las compañías, pero debemos rellenarlo con cuidado y poniendo atención a todos los campos, ya que si cometemos algún error es muy probable que la tramitación se retrase o que las compañías pongan alguna traba.

Hay que rellenarlo preferiblemente en mayúsculas, y poner toda la información posible, cuanto mas completo esté mejor. La información es la siguiente: fecha y lugar del accidente, circunstancias del mismo, datos de ambas partes y de sus pólizas, daños producidos y si hay víctimas y testigos. El croquis del accidente debe ser claro y conciso, y si es necesaria alguna aclaración se pondrá en el campo de observaciones.

Se pueden hacer fotos de los daños y aportarlas junto con el parte, esto puede ser de gran ayuda para clarificar los hechos. Si alguna de las partes no esta conforme con lo reproducido en el parte y se niega a firmarlo, lo mejor es llamar a la policía para que medie y se pueda llegar a un acuerdo.

Una vez relleno, cada parte enviará copia a su respectiva compañía, y una vez se establezca la culpa del siniestro se pondrán en contacto con cada asegurado y les dirán lo que tienen que hacer.

Cada compañía arreglará los daños de sus vehículos asegurados, y pagará las indemnizaciones correspondientes si hay daños personales. Posteriormente, la compañía del vehículo culpable tendrá que pagar una cantidad determinada a la otra compañía, a través de unos convenios especiales que regulan este tipo de siniestros.

Por otro lado, si en el siniestro están implicados más de dos vehículos, o si no hay implicadas terceras personas, lo más conveniente es llamar a nuestra compañía o mediador para que nos aclaren el modo de declarar el siniestro y los pasos a seguir.

Generalidades en los siniestros.

Para todos los casos hay una serie de puntos en común, marcados por la Ley de Contrato de Seguro:

  • El plazo de comunicación del siniestro a la compañía será de 7 días desde que conocemos el daño.
  • La primera visita del perito siempre ha de ser en las primeras 48 horas.
  • Debe estar cerrado en un plazo máximo de 90 días.
  • Si no estamos de acuerdo con el informe pericial, lo comunicaremos y cada parte afectada nombrará un perito. Si aun así no llegamos a un acuerdo se designará un tercer perito.
  • El importe mínimo de la indemnización tienen que abonarlo en un plazo máximo de 40 días, si no la aseguradora incurrirá en mora y tendrá que pagar intereses.

 

Si necesitas asesoramiento en materia de seguros no dudes en ponerte en contacto con nosotros, ponemos a tu disposición nuestra red de mediadores que te atenderán con eficacia y profesionalidad. Velamos por tus intereses.

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